Concurso de Acreedores

Concurso de Acreedores

Especialistas en procedimientos concursales y reestructuración empresarial

Expertos en Concurso de Acreedores

En Iurium Consulta, ofrecemos asesoramiento especializado en procedimientos concursales, tanto para empresas en situación de insolvencia como para acreedores que buscan defender sus derechos. Nuestro equipo cuenta con amplia experiencia en la gestión de concursos de acreedores voluntarios y necesarios, así como en procesos de reestructuración empresarial y acuerdos extrajudiciales de pagos.

Áreas de Especialización

Concurso Voluntario
Asesoramiento al deudor en la solicitud voluntaria de concurso, preparación de documentación y estrategia procesal para proteger los intereses de la empresa.
Concurso Necesario
Defensa ante solicitudes de concurso presentadas por acreedores, impugnaciones y representación en todas las fases del procedimiento.
Defensa de Acreedores
Protección de los derechos de los acreedores, reconocimiento de créditos, impugnaciones y participación en juntas de acreedores.
Reestructuración y Convenio
Negociación y elaboración de propuestas de convenio, acuerdos de refinanciación y planes de viabilidad empresarial.

Concurso de Acreedores

¿Qué es el Concurso de Acreedores?

El concurso de acreedores es un mecanismo que tienen las empresas y las personas físicas para encontrar solución si se encuentran en una crisis económica.

Requisito: No tener la suficiente liquidez para cumplir sus obligaciones, es decir, falta de solvencia.

Dentro de esta rama del ordenamiento nos encontramos con diferentes figuras, que son los servicios que podemos ofrecer dentro de IURIUM CONSULTA, como despacho de abogados especialistas en Derecho Concursal.


Concurso de Acreedores de Sociedades

Concurso Voluntario

En este caso presenta el concurso el responsable de la empresa, porque tiene información que prevé la quiebra de dicha empresa.

Si eres conocedor de insolvencia de tu empresa, contacta con IURIUM CONSULTA y te aconsejaremos como expertos en Derecho Concursal.

Concurso Necesario

Los socios o los acreedores de la empresa solicitan el concurso y el juez lo tramita.

Si los socios de tu empresa o los acreedores han solicitado el concurso, contacta con IURIUM CONSULTA y te aconsejaremos como expertos en Derecho Concursal.


Concurso de Persona Física / Ley 2ª Oportunidad

Se pueden acoger ciudadanos particulares y los autónomos y permite empezar de nuevo.

Requisitos

Para acogerse a la Ley de 2ª Oportunidad se requiere:

  • Demostrar que no se tiene patrimonio para hacer frente a las deudas o que éste ya se ha liquidado
  • La obligación total de las deudas no puede superar los 5 millones de euros
  • La buena fe del deudor

Si te encuentras en una situación que no puedes hacer frente a tus pagos, contacta con IURIUM CONSULTA y te aconsejaremos sobre cómo puedes acogerte a la Ley de 2ª Oportunidad.


Acuerdo Extrajudicial de Pagos

El deudor persona natural que se encuentre en situación de insolvencia que prevea que no podrá cumplir regularmente con sus obligaciones, podrá iniciar un procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores, siempre que la estimación inicial del pasivo no supere los cinco millones de euros. En el caso de deudor persona natural empresario, deberá aportarse el correspondiente balance.

También podrán instar el mismo acuerdo cualesquiera personas jurídicas, sean o no sociedades de capital, que cumplan con las mismas condiciones.

Si estás en situación de Insolvencia, seas persona física o empresario o sociedad y tus deudas no superen los cinco millones de euros, contacta con IURIUM CONSULTA para proponer un Acuerdo Extrajudicial de Pagos con tus acreedores.


Convenio Concursal

El convenio en el concurso de acreedores, es el negocio jurídico entre el concursado y los acreedores ordinarios, aprobado por el juez del concurso, que tiene por objeto la satisfacción de los acreedores mediante:

  • Quitas
  • Esperas
  • Proposiciones alternativas o adicionales

Para todos o algunos de los acreedores o clases de acreedores, con excepción de los acreedores públicos.

Si te encuentras en la necesidad de presentar un convenio, contacta con IURIUM CONSULTA y te aconsejaremos.


BEPI: Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho

Ocurre cuando no se alcanza un acuerdo extrajudicial o cuando no se aprueba un convenio en el marco del concurso. En estos casos interviene el beneficio regulado en el artículo 178 de la Ley Concursal, que se le denomina Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Constituye una excepción al principio según el cual las deudas no se extinguen.

Requisitos del BEPI

La solicitud del BEPI debe realizarse por medio de un escrito firmado por un abogado ante el mismo Juez que está conociendo el concurso, en el momento procesalmente oportuno y justificar el cumplimiento de todos los requisitos que exige la ley.

Si no has alcanzado un acuerdo extrajudicial o no se ha aprobado tu convenio, y puedes acogerte al BEPI, contacta con IURIUM CONSULTA y te aconsejaremos.


¿Necesitas Asesoramiento en Concurso de Acreedores?

En IURIUM CONSULTA somos expertos en Derecho Concursal. Ya sea que necesites:

  • Asesoramiento para concurso voluntario o necesario
  • Información sobre la Ley de 2ª Oportunidad
  • Ayuda con acuerdos extrajudiciales de pagos
  • Presentación de convenios concursales
  • Solicitud del BEPI

Contacta con nosotros para un asesoramiento personalizado y profesional en tu situación de insolvencia.

Nuestro Proceso

1

Evaluación Inicial

Análisis detallado de la situación económica y financiera de la empresa o del crédito del acreedor.

2

Presentación

Preparación y presentación de la solicitud de concurso con toda la documentación legal requerida.

3

Administración Concursal

Colaboración con la administración concursal, reconocimiento de créditos y participación activa en el procedimiento.

4

Resolución

Negociación de convenios, liquidación ordenada o cierre del concurso con las mejores condiciones posibles.

Preguntas Frecuentes sobre Concurso de Acreedores en Barcelona

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